Unidad de Medio Ambiente

La Unidad de Medio Ambiente, es la encargada de gestionar y controlar todas las políticas referentes a la protección, manejo y uso eficiente de los recursos naturales.

Cuenta en su estructura con tres áreas de trabajo: Administrativa, Gestión/Regulación y control: 

Área Administrativa: Organiza, orienta, controla el funcionamiento de la unidad, así mismo verifica el desempeño y la calidad de las actividades en correspondencia con la implementación de la política ambiental vigente en el territorio. 

Gestión Ambiental: Planifica, orienta y controla los mecanismos, acciones e instrumentos, dirigidos a garantizar la administración y uso racional de los recursos naturales mediante la conservación, mejoramiento, rehabilitación. La gestión ambiental aplica la política ambiental establecida mediante un enfoque multidisciplinario, teniendo en cuenta el acervo cultural, la experiencia provincial acumulada y la participación ciudadana. 

Oficina de Regulación y Control: Realiza las actividades de control, fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones y normas jurídicas vigentes en materia de protección del medio ambiente, con vista a evaluar y determinar la adopción de las medidas pertinentes para garantizar dicho cumplimiento. 

Misión: 

La Unidad de Medio Ambiente perteneciente a la Delegación Territorial del CITMA en Matanzas es la entidad encargada de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y del Gobierno en materia de medio ambiente, logrando vínculos entre todos los factores de la que permitan el uso y manejo eficiente de los recursos naturales, para contribuir al desarrollo sostenible de la provincia.

Visión:

La Unidad de Medio Ambiente del Citma en la Provincia de Matanzas, como organización rectora de estas actividades, contribuye con su gestión al cumplimiento de los programas priorizados del país vinculados con la defensa de la Patria y el desarrollo sostenible de la Provincia para lo cual:

  • Se incrementan los impactos de la ciencia y tecnología en función de la protección del medio ambiente; alcanzándose niveles cualitativamente superiores en los indicadores ambientales de la provincia y el país.
  • Se consolidan los valores profesionales, éticos y morales de la comunidad científica y de los trabajadores del Citma en general fortaleciéndose la integración, la disciplina consiente y logrando resultados positivos en la lucha contra las ilegalidades, las manifestaciones de corrupción y el delito.

 

Organigrama de la Unidad de Medio Ambiente

 

Teléfono: 45263398

 

 

 

Área Administrativa

 

Jefe de Unidad Dr. Ángel A. Alfonso angelambiente@delegaci.atenas.inf.cu
Secretaria Sandra sandra@delegaci.atenas.inf.cu
Choferes

 

Emilio Roque  
Ricardo Pérez  
Gestión Ambiental

 

Especialista Principal, Recursos Naturales, Biodiversidad, Áreas Protegidas MSc. Nelvis Gómez bulsita@delegaci.atenas.inf.cu
Planeación Estratégica Dra. Juana Daysi Anoyvega juananoy@delegaci.atenas.inf.cu
Contaminación Ing. Tania Barreiro tania@delegaci.atenas.inf.cu
Cambio Climático MSc. Ricardo Cruz ricardo@delegaci.atenas.inf.cu
Educación Ambiental MSc. Froilán Pérez fpd@delegaci.atenas.inf.cu
Inversiones y Cuentas Corrientes para la protección del medio ambiente Lic. Ivón Hernández ivon@delegaci.atenas.inf.cu
Regulación y Control Ambiental

 

Especialista Principal Lic. Verónica Romero veronica@delegaci.atenas.inf.cu
Jefe de Inspecciones Ing. Fernando Díaz fernando@delegaci.atenas.inf.cu
Seguridad Biológica MSc. Milka Castellini milka@delegaci.atenas.inf.cu
Zona Costera Ing. Carlos B. Arencibia carlosb@delegaci.atenas.inf.cu
Desechos Peligrosos Ing. Carlos E. Aguiar ernesto@delegaci.atenas.inf.cu

INDICACIONES GENERALES PARA IMPLEMENTAR LAS RESPONSABILIDADES DEL CITMA EN EL CONTROL DEL TRABAJO POR CUENTA PROPIA EN EL TEMA AMBIENTAL. 

Con la Resolución 233/2018 del CITMA “Procedimiento para la atención y el control al trabajo por cuenta propia (TCP) de las actividades ambientales que el ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente es rector” se emiten indicaciones complementarias de la Resolución CITMA 233/2018.

A continuación, citaremos las actividades que son de competencia de nuestro organismo.

  1. Manejo integral de desechos peligrosos. Actividad de Fregador engrasador de equipos automotores. En este caso la licencia se dirigiría al manejo de Y8 (si hace cambio de aceite) y Y9 (Resolución 136 del Citma/2009)
  2. Control y protección de especies de especial significación para la diversidad biológica. Requiere de licencia ambiental el posible uso de cualquier especie de especial significación del apéndice 2 de la lista del anexo, siempre y cuando no esté protegida por Convenios Internacionales ratificados por el país.
  3. Evaluación de Impacto Ambiental. Solo se ha identificado a los que realizan alguna acción de minería (artículo 28 de la Ley 81), como los que extraen materiales de construcción u otros materiales autorizados. Se daría como proyecto a pequeña escala de la Resolución CITMA 132/2009.

El resto de las actividades que aparecen en el listado del Decreto Ley 356 “Sobre el Ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia” y que son de alcance de nuestro organismo, solo se otorgarán documentos donde reflejen requerimientos ambientales (Requisitos de Buenas Prácticas) para el buen funcionamiento de la actividad en función y se otorgarán previa coordinación con el Grupo Multidisciplinario o el CAM.

Los horarios de atención a los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades antes enumeradas serán los días martes y jueves en el horario de 8.00am hasta las 2.00pm.